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Palma del Río 1898.


La realidad de la Restauración es otra muy distinta: las reformas políticas no hicieron sino afianzar un sistema que garantizaba el control del poder por una minoría; el principio de igualdad de todos ante la ley no era más que una ficción y los ayuntamientos no eran la expresión democrática de la vida local.


Recientemente hemos asistido al centenario de este año considerado fatídico: la pérdida de las colonias, la guerra con Estados Unidos y el llamado desastre nacional son los sucesos más señalados que tuvieron lugar. Sin embargo, nosotros vamos a prestar más atención a cual era la realidad histórica de Palma del Río en aquellos años de fines del XIX. Para esto, nos hemos introducido en una fuente local, las Actas Capitulares, es decir, aquellos documentos que recogen las decisiones del ayuntamiento referidas al gobierno de la población.

España se encontraba inmersa en el régimen político de la Restauración, bajo la Regencia de la reina María Cristina, esposa de Alfonso XII, y encontramos en muchos historiadores cierta unanimidad en torno a su prestigio: se habla del progreso político del régimen parlamentario, de la solidez de las libertades ciudadanas, de las garantías constitucionales que se disfrutaban, de la envidiable posición cultural y se dice que se estaba en el camino de profundos cambios, frustrados por fuerzas adversas. La realidad de la Restauración es otra muy distinta: las reformas políticas no hicieron sino afianzar un sistema que garantizaba el control del poder por una minoría; el principio de igualdad de todos ante la ley no era más que una ficción y los ayuntamientos no eran la expresión democrática de la vida local.

A pesar de que en 1890 se instaura el sufragio universal masculino, las elecciones eran encauzadas por el gobierno, es decir, seguía existiendo manipulación electoral y era imposible una verdadera representación política: el ayuntamiento de Palma del Río, como el resto de ayuntamientos del país, no podía responder a otra cosa que al control de las decisiones por los notables y caciques. En el consistorio se alternaban, al igual que en el gobierno de la Nación, las facciones conservadora y liberal. Cada una de ellas contaba con una red de partidarios que, inmediatamente que el ayuntamiento variaba de signo, copaban todos los puestos, desde los del gobierno local (alcalde y concejales) hasta los técnicos y laborales, cesando inmediatamente a los de la facción contraria. No existía ninguna posibilidad de que la población pudiese elegir libremente a sus gobernantes. Estos, además, solían encontrarse entre los mayores contribuyentes (es decir, aquéllos que pagaban mayores cuotas de contribución, por ser también los que más ingresos y rentas poseían), como el alcalde conservador D. José María Gamero-Cívico y Benjumea que, junto con cinco de sus parientes, aparece en las listas de mayores contribuyentes.

En cuanto a la situación de la localidad, era bastante dramática, sobre todo para la numerosa clase de jornaleros existente. El endeudamiento del Concejo es ya crónico, y cada corporación achaca a la anterior el mal estado de las arcas municipales, pero la verdad es que las dos llevan a cabo actuaciones indebidas que contribuyen a empeorar la situación. Por otro lado, aunque la Constitución de 1876 declaraba que todo español debía contribuir a la Hacienda en proporción de sus haberes, el peso de la recaudación lo seguía ostentando la contribución indirecta, particularmente la de consumos.
¿Qué quiere decir esto?. Sencillamente que se pagaba un impuesto por consumir productos de primera necesidad, como pan, aceite, garbanzos, tocino, carnes, vinos, etc., que era muy penoso para los vecinos más desfavorecidos. La gente se resistía al pago de este impuesto, pero el ayuntamiento contaba con agentes que apremiaban a los morosos. A veces, incluso se excedían en el cobro y se recaudaba más de lo que la Hacienda requería, pero el dinero desaparecía en los bolsillos de los gobernantes locales.

La imagen de los jornaleros, sin trabajo, reunidos en la plaza y recurriendo a la alcaldía en demanda de socorro para sus familias, era frecuente. Para ellos existía la beneficencia, instituida y reglamentada por los poderes públicos: socorros domiciliarios, pensiones de lactancia para las madres que no podían alimentar a sus hijos, etc. Una medida a la que se recurre con frecuencia es la de emplearlos en obras públicas, lo cual, a decir de los propios concejales era un medio de «aliviar la situación». Pero este limosneo no era una solución válida: mientras la riqueza estuviese en manos de un reducido número de familias la revolución campesina era una amenaza latente. Uno de los medios de paliar tal amenaza era la Guardia Civil. Se ha mantenido que la Restauración aleja al ejército de la intervención en problemas internos, pero la Ley Constitutiva del Ejército de 29 de noviembre de 1878 dice, en su artÌculo 2º, que su más importante misión es defender a la Patria de los enemigos interiores; y en el artículo 22 se mantiene que la Guardia Civil constituye un cuerpo más del Ejército. Por otro lado, el gobierno recurría asiduamente al estado de guerra, así que no es de extrañar que la guardia civil irrumpa en el ayuntamiento para hacer cumplir las órdenes del Gobernador Civil o que se recurra a ella para determinadas acciones, como la elaboración del censo general de habitantes.
En definitiva, en Palma del Río pueden observarse, a pequeña escala, aquellos problemas que afectaban a todo el país finalizando el siglo XIX. Podemos observar la situación del campo español, cuya explicación hemos de buscar en el nivel de las relaciones de producción, comenzando por la estructura de la propiedad. Podemos observar las razones por las cuales los gobernantes habían perdido legitimidad (si es que alguna vez la tuvieron) y las corporaciones locales eran un instrumento de sostén de constantes desigualdades. Da igual cuál sea la facción política que ocupe el ayuntamiento, conservadora o liberal, las dos defienden los mismos intereses, los de los poderosos.

En el otro extremo, los vecinos, los gobernados, resistiéndose a ello de forma callada (impago de impuestos, resistencia a participar en la elaboración del censo, etc.) o violenta (huelgas, motines, incendios de cortijos...), para terminar en un movimiento organizado, contra el poder local establecido, algunos años más tarde.

 

 

 
Autores:
Juan Antonio Egea Aranda
Rosa María García Naranjo

Editorial | Plan del Conjunto Histórico | Convento de Santa Clara | Entrevista con José Gamero, Delegado de Cultura
El Trabajo de la Asociación | El Ayuntamiento se coloca por encima de la Ley

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