|
|
|
Palma del Río 1898.
|
La
realidad de la Restauración es otra muy distinta: las reformas
políticas no hicieron sino afianzar un sistema que garantizaba
el control del poder por una minoría; el principio de igualdad
de todos ante la ley no era más que una ficción
y los ayuntamientos no eran la expresión democrática
de la vida local.
|
Recientemente hemos
asistido al centenario de este año considerado fatídico:
la pérdida de las colonias, la guerra con Estados Unidos
y el llamado desastre nacional son los sucesos más señalados
que tuvieron lugar. Sin embargo, nosotros vamos a prestar más
atención a cual era la realidad histórica de Palma
del Río en aquellos años de fines del XIX. Para
esto, nos hemos introducido en una fuente local, las Actas Capitulares,
es decir, aquellos documentos que recogen las decisiones del ayuntamiento
referidas al gobierno de la población.
España se encontraba inmersa en el régimen político
de la Restauración, bajo la Regencia de la reina María
Cristina, esposa de Alfonso XII, y encontramos en muchos historiadores
cierta unanimidad en torno a su prestigio: se habla del progreso
político del régimen parlamentario, de la solidez
de las libertades ciudadanas, de las garantías constitucionales
que se disfrutaban, de la envidiable posición cultural
y se dice que se estaba en el camino de profundos cambios, frustrados
por fuerzas adversas. La realidad de la Restauración es
otra muy distinta: las reformas políticas no hicieron sino
afianzar un sistema que garantizaba el control del poder por una
minoría; el principio de igualdad de todos ante la ley
no era más que una ficción y los ayuntamientos no
eran la expresión democrática de la vida local.
A pesar de que
en 1890 se instaura el sufragio universal masculino, las elecciones
eran encauzadas por el gobierno, es decir, seguía existiendo
manipulación electoral y era imposible una verdadera representación
política: el ayuntamiento de Palma del Río, como
el resto de ayuntamientos del país, no podía responder
a otra cosa que al control de las decisiones por los notables
y caciques. En el consistorio se alternaban, al igual que en el
gobierno de la Nación, las facciones conservadora y liberal.
Cada una de ellas contaba con una red de partidarios que, inmediatamente
que el ayuntamiento variaba de signo, copaban todos los puestos,
desde los del gobierno local (alcalde y concejales) hasta los
técnicos y laborales, cesando inmediatamente a los de la
facción contraria. No existía ninguna posibilidad
de que la población pudiese elegir libremente a sus gobernantes.
Estos, además, solían encontrarse entre los mayores
contribuyentes (es decir, aquéllos que pagaban mayores
cuotas de contribución, por ser también los que
más ingresos y rentas poseían), como el alcalde
conservador D. José María Gamero-Cívico y
Benjumea que, junto con cinco de sus parientes, aparece en las
listas de mayores contribuyentes.
|
En
cuanto a la situación de la localidad, era bastante dramática,
sobre todo para la numerosa clase de jornaleros existente. El
endeudamiento del Concejo es ya crónico, y cada corporación
achaca a la anterior el mal estado de las arcas municipales,
pero la verdad es que las dos llevan a cabo actuaciones indebidas
que contribuyen a empeorar la situación. Por otro lado,
aunque la Constitución de 1876 declaraba que todo español
debía contribuir a la Hacienda en proporción de
sus haberes, el peso de la recaudación lo seguía
ostentando la contribución indirecta, particularmente
la de consumos.
|
|
| ¿Qué
quiere decir esto?. Sencillamente que se pagaba un impuesto por
consumir productos de primera necesidad, como pan, aceite, garbanzos,
tocino, carnes, vinos, etc., que era muy penoso para los vecinos
más desfavorecidos. La gente se resistía al pago de
este impuesto, pero el ayuntamiento contaba con agentes que apremiaban
a los morosos. A veces, incluso se excedían en el cobro y
se recaudaba más de lo que la Hacienda requería, pero
el dinero desaparecía en los bolsillos de los gobernantes
locales.
La imagen
de los jornaleros, sin trabajo, reunidos en la plaza y recurriendo
a la alcaldía en demanda de socorro para sus familias, era
frecuente. Para ellos existía la beneficencia, instituida
y reglamentada por los poderes públicos: socorros domiciliarios,
pensiones de lactancia para las madres que no podían alimentar
a sus hijos, etc. Una medida a la que se recurre con frecuencia
es la de emplearlos en obras públicas, lo cual, a decir de
los propios concejales era un medio de «aliviar la situación».
Pero este limosneo no era una solución válida: mientras
la riqueza estuviese en manos de un reducido número de familias
la revolución campesina era una amenaza latente. Uno de los
medios de paliar tal amenaza era la Guardia Civil. Se ha mantenido
que la Restauración aleja al ejército de la intervención
en problemas internos, pero la Ley Constitutiva del Ejército
de 29 de noviembre de 1878 dice, en su artÌculo 2º,
que su más importante misión es defender a la Patria
de los enemigos interiores; y en el artículo 22 se mantiene
que la Guardia Civil constituye un cuerpo más del Ejército.
Por otro lado, el gobierno recurría asiduamente al estado
de guerra, así que no es de extrañar que la guardia
civil irrumpa en el ayuntamiento para hacer cumplir las órdenes
del Gobernador Civil o que se recurra a ella para determinadas acciones,
como la elaboración del censo general de habitantes.
En definitiva, en Palma del Río pueden observarse, a pequeña
escala, aquellos problemas que afectaban a todo el país finalizando
el siglo XIX. Podemos observar la situación del campo español,
cuya explicación hemos de buscar en el nivel de las relaciones
de producción, comenzando por la estructura de la propiedad.
Podemos observar las razones por las cuales los gobernantes habían
perdido legitimidad (si es que alguna vez la tuvieron) y las corporaciones
locales eran un instrumento de sostén de constantes desigualdades.
Da igual cuál sea la facción política que ocupe
el ayuntamiento, conservadora o liberal, las dos defienden los mismos
intereses, los de los poderosos.
En el
otro extremo, los vecinos, los gobernados, resistiéndose
a ello de forma callada (impago de impuestos, resistencia a participar
en la elaboración del censo, etc.) o violenta (huelgas, motines,
incendios de cortijos...), para terminar en un movimiento organizado,
contra el poder local establecido, algunos años más
tarde. |
|
|
Autores:
Juan Antonio Egea Aranda
Rosa María García Naranjo |
|